
Debido al conocimiento de las riquezas de nuestro litoral, a muchos nos preocupa el tema limítrofe, la Constitución del Perú de 1993 establece bajo el Título referido al "Estado y la Nación", Art. 54º que el dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley, y que en dicho espacio el Estado ejerce soberanía y jurisdicción sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y los tratados ratificados por el Estado.“La disputa que se tiene con Chile se refiere al área comprendida por la frontera terrestre entre Perú y Chile (paralela), y la línea bisectriz a las perpendiculares hacia costas Chilenas y Peruanas, formada por la superposición de las líneas de base de ambos países que forma un trapecio de 67.139,4 de los cuales unos 38.000 km² son considerados como soberanos por Chile, y el Perú pide una división equitativa; se incluye el estatus de un triángulo marino a la izquierda del trapecio antes mencionado de 28,471.86 km², que Chile considera alta mar y el Perú como parte de su dominio marítimo por la proyección de sus líneas de base", según CONVEMAR. Esto nos condicionaría a una pérdida económica en la utilización de los recursos vivos y no vivos, por ello esta claro que debe analizarse mejor la situación antes de tomar una decisión, que para muchos es benéfica y para otros no ya que:
Defender lo nuestro es un derecho y un deber que todos debemos cumplir y hacer valer.
Janelle Graciela Beleván Natteri
0 comentarios:
Publicar un comentario